Ley Nº 12082 - ADMINISTRACION GENERAL DE LAS USINAS ELECTRICAS Y LOS TELEFONOS DEL ESTADO. AUTORIZACION
Artículo 1
Autorízase a la Administración General de las Usinas y los Teléfonos del Estado para explotar los servicios telefónicos nacionales e internacionales, mediante la complementación de los circuitos de cables, con tramos inalámbricos por radio.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
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