Ley Nº 12122 - ACUERDOS INTERNACIONALES. APROBACION DE CONVENIO BASICO Y SUPLEMENTARIO ENTRE URUGUAY Y LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO)
Artículo 1
Apruébanse los Convenios Básico y Suplementario N° 1 suscritos entre el Gobierno de la República y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) con fecha 19 de noviembre de 1952 y sus modificaciones suscritas con fecha 28 de agosto de 1953, relativos a la prestación de ayuda técnica por parte de este último organismo internacional y, dentro del programa de esa ayuda, a la creación de un Centro Bibliográfico en el seno de la Biblioteca Nacional.
Artículo 2
El Poder Ejecutivo, en la oportunidad prevista por el artículo 215 de la Constitución, incluirá la autorización necesaria para cubrir los gastos que demande el proyecto por el ejercicio 1954.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - JUSTINO ZAVALA MUNIZ - FRUCTUOSO PITTALUGA - JULIAN F. ALVAREZ CORTES
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