Ley Nº 12124 - COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS
Artículo 1
Establécese un nuevo plazo de noventa días, a partir de la publicación de esta ley, para acogerse a los beneficios establecidos por la ley N° 12.058, de 28 de noviembre de 1953.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - JUSTINO ZAVALA MUNIZ - JULIAN F. ALVAREZ CORTES
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