Ley Nº 12136 - MONUMENTOS
Artículo 1
Autorízase al "Comité Pro-Monumento a Aparicio Saravia" a emplazarlo dentro de la ciudad de Montevideo, en el lugar público que al efecto le señale oportunamente el Gobierno Departamental.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - ANTONIO GUSTAVO FUSCO - EDUARDO GIMENEZ DE ARECHAGA
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