Ley Nº 12144 - COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS
Artículo 1
Decláranse comprendidos en el beneficio del artículo 40 de la ley N° 11.496, de 27 de setiembre de 1950, los siguientes funcionarios del Servicio de Difusión Radioeléctrica: Archivista Musical; Ayudante Archivista y Pianista Auxiliar.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - JUSTINO ZAVALA MUNIZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.