Ley Nº 12181 - FIJACION DE NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS JUBILATORIOS DEL PERSONAL DESPEDIDO DE FRIGORIFICOS PARTICULARES

Rango Ley
Publicación 1955-01-17
Estado Vigente
Departamento MARTINEZ TRUEBA - JORGE VILA
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API

PERSONAL DESPEDIDO DE FRIGORIFICOS PARTICULARES

Artículo 1

Fíjase un nuevo plazo de treinta días contados desde la publicación de la presente ley, para que los interesados que no lo hayan hecho, se presenten a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio solicitando los beneficios que pueda corresponderles de conformidad con la ley N° 12.056, de 28 de noviembre de 1953.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - JORGE VILA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.