Ley Nº 12182 - PRORROGA DE PLAZO OTORGADO POR EL BROU RELATIVO A SU CARTERA DE DOCUMENTOS REDESCONTADOS
DOCUMENTOS REDESCONTADOS
Artículo 1
Prorrógase por el término de dos años y medio a contar de su vencimiento, el plazo otorgado al Banco de la República por el Art. 3° de la ley de 19 de mayo de 1952.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ
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