Ley Nº 12190 - PRORROGA DE PLAZO PARA EL PAGO DE APORTES A LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS TRABAJADORES RURALES Y DOMESTICOS Y DE PENSIONES A LA VEJEZ

Rango Ley
Publicación 1955-06-20
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - RENAN RODRIGUEZ
Fuente IMPO
artículos 2
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VEJEZ

Artículo 1

Extiéndese hasta el 20 de abril de 1956 el plazo establecido por el

artículo 1° y los beneficios del artículo 2° de la ley N° 12.142, de 19

de octubre de 1954, para la afiliación de las personas comprendidas en la ley N° 11.617, de 20 de octubre de 1950.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - RENAN RODRIGUEZ

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