Ley Nº 12259 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JOAQUINA BRAZIL DE PRADINES

Rango Ley
Publicación 1956-01-24
Estado Vigente
Departamento ZUBIRIA - RENAN RODRIGUEZ - ARMANDO R. MALET
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Concédese a la señorita María Petrona Pradines Brazil, una pensión de $ 200.00 (doscientos pesos) mensuales, que percibirá desde el 18 de junio de 1952, fecha en que dejó de hacerse efectiva la pensión por fallecimiento de su señora madre, doña Joaquina Brazil de Pradines.

Artículo 2

Esta pensión será atendida con cargo al remanente del recurso que establece el artículo 6.o de la ley N.o 11.869, de 22 de octubre de 1952.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

ZUBIRIA - RENAN RODRIGUEZ - ARMANDO R. MALET

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