Ley Nº 12450 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA AGUSTINA OTERO DE SCHROEDER E HIJA

Rango Ley
Publicación 1957-12-14
Estado Vigente
Departamento LEZAMA - CLEMENTE RUGGIA
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Acuérdase a la señora María Agustina Otero de Schroeder una pensión graciable de $ 600.00 (seiscientos pesos) mensuales, sustitutiva de la legal que pudiera corresponderle, y transmisible a su hija soltera en un 50 % (ciencuenta por ciento) la que será atendida con cargo a Rentas Generales.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

LEZAMA - CLEMENTE RUGGIA

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