Ley Nº 12456 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ANGELA BELGICA IRIARTE DE AVILA

Rango Ley
Publicación 1957-12-14
Estado Vigente
Departamento LEZAMA - CLEMENTE RUGGIA - HECTOR A. GRAUERT
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Concédese una pensión graciable de $ 300.00 (trescientos pesos) mensuales, en sustitución de la que legalmente le pueda corresponder, a doña Angela Bélgica Iriarte de Avila, viuda del ex Bombero del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia de la "Ancap", dependiente de la Jefatura de Policía de Montevideo, don Tomás Bartolo Avila Gutiérrez, la cual será servida con el mayor producido del impuesto a las Ventas y Transacciones, creado por la ley N° 10.054, de setiembre 30 de 1941, y sus modificativas y concordantes.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

LEZAMA - CLEMENTE RUGGIA - HECTOR A. GRAUERT

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