Ley Nº 12466 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ESTER MARTINEZ BORGES DE PARODI E HIJOS

Rango Ley
Publicación 1957-12-14
Estado Vigente
Departamento LEZAMA - CLEMENTE RUGGIA
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Acuérdase una pensión graciable de doscientos pesos ($ 200.00) mensuales, a la señora María Ester Martínez Borges de Parodi e hijos, en su calidad de viuda e hijos, respectivamente, de don Pedro T. Parodi, la que será atendida con el mayor producido del impuesto a las Ventas y Transacciones, creado por la ley N° 10.054, de 30 de setiembre de 1941, y sus modificativas y concordantes.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

LEZAMA - CLEMENTE RUGGIA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.