Ley Nº 12598 - PRIMERAS LINEAS URUGUAYAS DE NAVEGACION AEREA. MODIFICACION A LA LEY DE CREACION. DEUDA PUBLICA

Rango Ley
Publicación 1959-01-12
Estado Vigente
Departamento FISCHER - HECTOR A. GRAUERT - AMILCAR VASCONCELLOS - GLAUCO SEGOVIA
Fuente IMPO
artículos 4
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

(*)

Artículo 2

(*)

Artículo 3

Autorízase a "Pluna" a invertir hasta $ 2:500.000 (dos millones quinientos mil pesos) como gastos de iniciación de la operación de explotación de los aviones Vickers Viscounts, en el que podrá incluirse retribuciones a misiones técnicas al exterior o misiones de instrucción por técnicos extranjeros o nacionales y retribuciones por servicios y gastos atinentes a esta etapa de iniciación, la que no podrá durar más de un año a partir de la recepción por el Organismo, del último avión. "Pluna" dará cuenta al Poder Ejecutivo de las inversiones realizadas con cargo a esta autorización, dentro de los noventa días siguientes. El Poder Ejecutivo pondrá de inmediato estas comunicaciones en conocimiento de la Asamblea General.

Artículo 4

Comuníquese, etc.

FISCHER - HECTOR A. GRAUERT - AMILCAR VASCONCELLOS - GLAUCO SEGOVIA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.