Ley Nº 13005 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DOLORES RUPERTA RAMONA SUAREZ DE ARTEAGA
Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 400.00 (cuatrocientos pesos) mensuales, acumulable a la pasividad legal que le pueda corresponder, a la señora Dolores Ruperta Ramona Suárez de Arteaga, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
HAEDO - EDUARDO A. PONS - JUAN EDUARDO AZZINI
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