Ley Nº 13012 - ACUMULACION DE PENSION GRACIABLE Y LEGAL. JUAN JOSE BRITO DEL PINO
Artículo 1
Establécese que la pensión graciable otorgada al señor Juan José Brito del Pino por ley N.o 11.955, de 30 de junio de 1953, es acumulable a la pasividad legal que le corresponde.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
HAEDO - EDUARDO A. PONS - JUAN EDUARDO AZZINI
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