Ley Nº 13015 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. AMELIA MUÑOZ DE MUÑOZ. CELIKA OLGA MUÑOZ DE FALCON
Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 1.000.00 (un mil pesos) mensuales, acumulable a la pasividad legal que percibe, a la señora Amelia Muñoz de Muñoz, en su carácter de viuda del ex-Senador don Basilio Muñoz, la que será atendida por Rentas Generales.
Declárase asimismo que dicha pensión es trasmisible a su hija Célika Olga Muñoz de Falcón, en el equivalente a la tercera parte de su monto.
Artículo 2
Derógase la ley N.o 11.151, de 24 de noviembre de 1948, por la que se otorgó pensión graciable a la señora Amelia Muñoz de Muñoz.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
HAEDO - EDUARDO A. PONS - JUAN EDUARDO AZZINI
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