Ley Nº 13020 - AUMENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA AMELIA SILVAN FERNANDEZ. MARIA ANGELICA SILVAN FERNANDEZ
ANGELICA SILVAN FERNANDEZ
Artículo 1
Auméntase a $ 500.00 (quinientos pesos) mensuales, la pensión graciable que disfrutan por la ley No. 5.421, de 5 de mayo de 1916, las señoritas María Amelia y María Angélica Silván Fernández, sin derecho a percibir los aumentos establecidos en la ley número 12.761, de 23 de agosto de 1960.
Artículo 2
El beneficio a que refiere el artículo anterior será atendido por Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
HAEDO - EDUARDO A. PONS - JUAN EDUARDO AZZINI
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