Ley Nº 13027 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DAMIANA ORTIZ DE SAMBUCETTI
Artículo 1
Acuérdase a la señora Damiana Ortiz de Sambucetti una pensión graciable de $ 350.00 (trescientos cincuenta pesos) mensuales, acumulable a la legal que le pudiere corresponder, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
HAEDO - EDUARDO A. PONS - JUAN EDUARDO AZZINI
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