Ley Nº 13100 - ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS PUBLICOS - RETENCION DE CUOTAS SOCIALES

Rango Ley
Publicación 1962-11-06
Estado Vigente
Departamento HARRISON - JUAN EDUARDO AZZINI - NICOLAS STORACE ARROSA - HOMERO MARTINEZ MONTERO - MODESTO REBOLLO - LUIS GIANNATTASIO - APARICIO MENDEZ - CARLOS V. PUIG - ANGEL M. GIANOLA - EDUARDO A. PONS
Fuente IMPO
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Artículo 1

Autorízase a la Tesorería General de la Nación y a las de los Entes Autónomos, Municipios, Cajas de Jubilaciones y demás reparticiones del Estado, a retener, a solicitud de la Asociación Nacional de Funcionarios Públicos, previa conformidad de los interesados, las cuotas sociales de los funcionarios afiliados a dicha Institución.

Artículo 2

La presente autorización regirá mientras la Asociación Nacional de Funcionarios Públicos mantenga su personería jurídica.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

HARRISON - JUAN EDUARDO AZZINI - NICOLAS STORACE ARROSA - HOMERO MARTINEZ MONTERO - MODESTO REBOLLO - LUIS GIANNATTASIO - APARICIO MENDEZ - CARLOS V. PUIG - ANGEL M. GIANOLA - EDUARDO A. PONS

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