Ley Nº 13119 - REINCORPORACION DE FUNCIONARIOS A LA CAJA DE COMPENSACIONES
Artículo 1
Las empresas de la Industria Frigorífica deberán reincorporar a sus planillas, con fecha 31 de octubre de 1961, a los trabajadores que, con esa misma fecha quedaron desvinculados de la Caja de Compensaciones respectiva.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
Por el Consejo: HARRISON. - JUAN M. GIANOLA. - Manuel Sánchez Morales, Secretario.
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