Ley Nº 13200 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA TERESA MOSTEIRO DE MUNIZ GENTA
Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 2.000 (dos mil pesos mensuales), acumulable a las asignaciones de pasividad y actividad que pudieran corresponder a la señora María Teresa Mosteiro de Muniz Genta, en su calidad de viuda del doctor Edgardo Muniz Genta.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad se atenderá con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
GIANNATTASIO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.