Ley Nº 13211 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CARLOS ROBERTO RUFALO

Rango Ley
Publicación 1964-01-22
Estado Vigente
Departamento FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Acuérdase una pensión graciable de pesos 1.000.00 (un mil pesos) mensuales, acumulable a la pasividad legal que pudiere corresponderle al señor Carlos Roberto Rufalo, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN

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