Ley Nº 13214 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. OLGA PEREZ DE BERGEIRO

Rango Ley
Publicación 1964-01-22
Estado Vigente
Departamento FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Otórgase una pensión graciable, de pesos 1.000.00 (mil pesos) mensuales, a la señora Olga Pérez de Bergeiro, en calidad de viuda del Profesor José María Bergeiro, con cargo a Rentas Generales y acumulable a la pensión legal que pudiera corresponderle.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN

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