Ley Nº 13224 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ADOLFO MONTIEL BALLESTEROS
Artículo 1
Acuérdase una pensión vitalicia de pesos 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, al escritor Adolfo Montiel Ballesteros, acumulable a la pasividad que pudiera corresponderle y transmisible en un 50 % (cincuenta por ciento) a su señora esposa doña Ofelia Valentini de Montiel Ballesteros.
Artículo 2
El servicio de esta Pasividad se atenderá con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN
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