Ley Nº 13226 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. FERNAN SILVA VALDES

Rango Ley
Publicación 1964-01-23
Estado Vigente
Departamento FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Elévese a la suma de $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, la pensión vitalicia, acumulable a su pasividad legal, otorgada por la ley N° 12.763, de 23 de agosto de 1960, al escritor don Fernán Silva Valdés.

Artículo 2

El servicio de la misma se continuará atendiendo con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN

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