Ley Nº 13227 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JACINTA LOPEZ DE FIRPO. CARMEN LOPEZ DE RIVAS. REINA ISABEL LOPEZ AVELLANAL
Artículo 1
Elévase a la suma de $ 800.00 (ochocientos pesos) mensuales, a cada una el monto de las pensiones graciables acordadas por las leyes N° 12.894 de 29 de junio y N° 12.982, de 23 de noviembre de 1961, a las señoras Jacinta López de Firpo y Carmen López de Rivas y a la señorita Reina Isabel López Avellanal.
Artículo 2
El servicio de estas pensiones continuará siendo atendido por Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.