Ley Nº 13228 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ESPERANZA VISCAY DE FULLER
Artículo 1
Acuérdase a la señora Esperanza Viscay de Fuller, una pensión graciable de $ 1.000.00 (mil pesos) mensuales, acumulable a la pasividad legal que le pueda corresponder y trasmisible en un 50 % (cincuenta por ciento) a su hija señorita Alice Esperanza Fuller Viscay.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad será de cargo de Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
FERNANDEZ CRESPO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN
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