Ley Nº 13291 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ALVARO ARMANDO VASSEUR

Rango Ley
Publicación 1964-10-09
Estado Vigente
Departamento GIANNATTASIO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DANIEL H. MARTINS
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Auméntase a $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por la ley número 12.956, de 23 de noviembre de 1961, al poeta don Alvaro Armando Vasseur.

Artículo 2

El servicio de esta pasividad se continuará atendiendo por Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

GIANNATTASIO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DANIEL H. MARTINS

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