Ley Nº 13308 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ORFILIA FREIJE DE BERMUDEZ ANTUÑA
Artículo 1
Auméntase a $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por Ley número 11.599, de 17 de octubre de 1950, a la señora Orfilia Freige de Bermúdez Antuña.
Artículo 2
El referido aumento será atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
GIANNATTASIO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DANIEL H. MARTINS
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