Ley Nº 13403 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ANA ADELINA ARECO DE SAYAGUES LASO. MARIA BEATRIZ SAYAGUES ARECO. MERCEDES SAYAGUES ARECO

Rango Ley
Publicación 1965-12-02
Estado Vigente
Departamento BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Acuérdase a la señora Ana Adelina Areco de Sayagués Laso y a sus hijas María Beatriz y Mercedes Sayagués Areco, una pensión graciable de $ 3.000.00 (tres mil pesos) mensuales, acumulable a las asignaciones de pasividad que pudiere corresponderles.

Artículo 2

El servicio de esta pasividad será atendido por Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ

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