Ley Nº 13407 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ELISA MASINI

Rango Ley
Publicación 1965-12-17
Estado Vigente
Departamento BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Auméntase a la suma de $ 1.000.00 (mil pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por la ley Nº 4.500 de 15 de julio de 1913, a la señorita María Elisa Masini.

Artículo 2

Esta pasividad será acumulable a la pensión legal que pudiera corresponderle y continuará siendo atendida con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ

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