Ley Nº 13410 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. TERESITA CASTRO DE TISSONI E HIJOS
Artículo 1
Acuérdase a la señora Teresita Castro de Tissoni e hijos menores una pensión graciable de pesos 2.500.00 (dos mil quinientos pesos) mensuales, acumulable a la pasividad que le pudiera corresponder.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad será atendido por Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
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