Ley Nº 13413 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. OBDULIA PEREZ BARRIOS

Rango Ley
Publicación 1965-12-20
Estado Vigente
Departamento BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Auméntase a la suma de $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por ley N° 13.006, de 28 de noviembre de 1961, a la señorita Obdulia Pérez Barrios.

Artículo 2

Esta pasividad será acumulable a la pensión legal que pudiera corresponderle y continuará siendo atendida con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ

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