Ley Nº 13415 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. PURA PASTORINI DE MUNIZ E HIJOS
Artículo 1
Auméntase a la suma de $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por ley Nº 10.519, de 22 de agosto de 1944, a la señora Pura Pastorini de Muniz e hijos.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad continuará siendo atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
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