Ley Nº 13433 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA FERNANDEZ DE OTAMENDI
Artículo 1
Acuérdase a la señora María Fernández de Otamendi, en calidad de viuda de don José A. Otamendi, una pensión graciable de $ 2.500.00 (dos mil quinientos pesos) mensuales, acumulable a la pasividad que le pudiera corresponder.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad será atendido por Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BELTRAN - JUAN E PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
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