Ley Nº 13450 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. EDMUNDO PRATI
Artículo 1
Auméntase a la suma de $ 3.500.00 (tres mil quinientos pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por la ley N° 13.140, de 2 de julio de 1963, al escultor nacional don Edmundo Prati.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad continuará siendo atendido por Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ - MODESTO BURGOS MORALES
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