Ley Nº 13465 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CESAR ALVAREZ AGUIAR
Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable al señor Cesar Alvarez Aguiar, de $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, acumulable a la pasividad que pudiere corresponderle.
Artículo 2
Dicha pensión será atendida por rentas generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BELTRAN - JUAN E PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.