Ley Nº 13467 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. GUILLERMO J. BOZZO

Rango Ley
Publicación 1966-01-21
Estado Vigente
Departamento BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API

Artículo 1

Auméntase a la suma de $ 1.000.00 (un mil pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por ley N° 11.425, de 20 de mayo de 1950, al doctor Guillermo J. Bozzo.

Artículo 2

El servicio de esta pasividad continuará siendo atendido con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).