Ley Nº 13468 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ADOLFO MONTIEL BALLESTEROS. DERECHOS DE AUTOR

Rango Ley
Publicación 1966-01-21
Estado Vigente
Departamento BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para adquirir los derechos de autor correspondientes a las obras que se mencionan en el artículo 2° de esta ley, de propiedad del escritor don Adolfo Montiel Ballesteros, mediante el otorgamiento en favor de éste, de una pensión vitalicia de 4.000.00 (cuatro mil pesos) mensuales, sustitutiva de la que percibe de $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales acumulable a la jubilación legal que asimismo percibe y transmisible a su señora esposa.

Artículo 2

Las obras a que se refiere el artículo 1.o de la presente ley, son las siguientes: "Primaveras", "Emoción", "Savia", "Cuentos Uruguayos", "Alma Nuestra", "Los Rostros Pálidos", "Luz Mala", "Montevideo y su za", "Castigo ´e Dios", "Pasión", "Barrio", "La cazadoza", "Castigo é Dios", "Pasión", "Barrio", "La cazadora de almas", "Vida y mundo de Juancito el Zorro", "Gaucho Tierra", "Elegía florentina", "Mundo en ascuas", "Fábulas", "Apólogos", "La rosa en la calavera", "Juan sin nada, "Farsa", "Dios y el diablo Sociedad Limitada", "La varita mágica", "El bandido de siete suelas", "La justicia del diablo", "Teatro Menudo", "El viaje del pibe alrededor del mundo", "Queguay, el niño indio", "Cuentos para los niños de América", "El país de los sueños", "Aventuras de un rayito de sol", " La cola de Añá", "El burrito blanco", "El niño al que se le sacó el corazón", "Petití", "La ciudad de los ojos alegres", "Don Quijote Grillo", "Las canciones camperas de Juan Mario Magallanes" y Florencia".

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ

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