Ley Nº 13476 - DEPORTES. VIII CAMPEONATO MUNDIAL DE FUTBOL. INGLATERRA 1966

Rango Ley
Publicación 1966-05-31
Estado Vigente
Departamento HEBER - DARDO ORTIZ
Fuente IMPO
artículos 4
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Artículo 1

Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay, a adelantar hasta la suma de $ 5:000.000.00 (cinco millones de pesos) a la Asociación Uruguaya de Football, para atender exclusivamente los gastos que demande la participación del Uruguay en el VIII Campeonato Mundial de Fútbol a realizarse en Inglaterra en el año 1966. A los efectos de cancelar dicho adelanto, el Ministerio de Hacienda, depositará en el Banco de la República, hasta cubrir la suma antes expresada, los ingresos que perciba por concepto del impuesto creado por el artículo siguiente.

Artículo 2

Créase por una sola vez, con destino a Rentas Generales, un impuesto adicional del 5 % (cinco por ciento) sobre el impuesto a la renta de las sociedades de capital correspondiente a los ejercicios económicos cerrados en el año civil 1966. El Poder Ejecutivo determinará la época y forma de recaudación de dicho adicional.

Artículo 3

La Asociación Uruguaya de Football deberá presentar al Ministerio de Hacienda en un plazo de 180 días, la liquidación de los gastos atendidos por esta contribución.

Artículo 4

Comuníquese, etc.

HEBER - DARDO ORTIZ

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