Ley Nº 13492 - APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. ESTACIONES DE RADIOAFICIONADOS
Artículo 1
Apruébase el Acuerdo entre el Uruguay y los Estados Unidos de América, formalizado por medio de un cambio de notas de fecha 12 de setiembre de 1961, según el cual las estaciones de radioaficionados quedan autorizadas a trasmitir mensajes u otras comunicaciones internacionales procedentes de terceras personas o con destino a terceras personas. (*)
Artículo 2
Comuníquese, etc.
HEBER - PABLO C. MORATORIO - LUIS VIDAL ZAGLIO
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