Ley Nº 13502 - PRORROGA DE FUNCIONAMIENTO DE BOLSA DE TRABAJO. ALUMINIO DEL URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA

Rango Ley
Publicación 1966-10-07
Estado Vigente
Departamento HEBER - FRANCISCO M. UBILLOS - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1968, el período de funcionamiento de la Bolsa de Trabajo creada por el artículo 1° de la ley N° 13.109, de 23 de octubre de 1962, para el personal de Aluminio del Uruguay S. A. y la vigencia de las leyes Nos. 13.302 y 13.368 de 26 de noviembre de 1964 y 14 de octubre de 1965.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

HEBER - FRANCISCO M. UBILLOS - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ

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