Ley Nº 13518 - SEGURIDAD SOCIAL. REGIMEN JUBILATORIO ESPECIAL A OBREROS Y CAPATACES DE BARCOS PETROLEROS Y ULTRAMAR

Rango Ley
Publicación 1966-10-31
Estado Vigente
Departamento HEBER - JUAN E. PIVEL DEVOTO
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Decláranse comprendidos en los beneficios de la Ley N.o 12.133, de 27 de agosto de 1954, a los obreros y capataces de empresas que realicen reparaciones navales en barcos petroleros y de ultramar.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

HEBER - JUAN E. PIVEL DEVOTO

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