Ley Nº 13549 - APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 1
Apruébase la Convención sobre Seguridad Social entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina, suscrita en Montevideo el 27 de abril de 1957. (*)
Artículo 2
Comuníquese, etc.
HEBER - LUIS VIDAL ZAGLIO - JUAN E. PIVEL DEVOTO
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