Ley Nº 13595 - DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. VILLA DE RIVERA

Rango Ley
Publicación 1967-07-20
Estado Vigente
Departamento GESTIDO - CARLOS MANINI RIOS
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Declárase feriado para el Departamento de Rivera el 20 de julio de 1967, día del centenario de la fundación de la Villa de Rivera.

Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos de los demás Departamentos de la República, nacidos en el Departamento de Rivera, que deseen trasladarse a dicha ciudad en la fecha indicada, una licencia de 3 días.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

GESTIDO - CARLOS MANINI RIOS

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