Ley Nº 13595 - DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. VILLA DE RIVERA

Rango Ley
Publicación 1967-07-20
Estado Vigente
Departamento GESTIDO - CARLOS MANINI RIOS
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API

Artículo 1

Declárase feriado para el Departamento de Rivera el 20 de julio de 1967, día del centenario de la fundación de la Villa de Rivera.

Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos de los demás Departamentos de la República, nacidos en el Departamento de Rivera, que deseen trasladarse a dicha ciudad en la fecha indicada, una licencia de 3 días.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

GESTIDO - CARLOS MANINI RIOS

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).