Ley Nº 13615 - FIJACION DE SALARIO. MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Artículo 1
Fíjanse en la suma de $ 45.000.00 (cuarenta y cinco mil pesos) líquidos mensuales, las dotaciones de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia.
Artículo 2
Se servirán por Tesorería los descuentos establecidos por las leyes jubilatorias.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
GESTIDO - CARLOS QUERALTO ORIBE - CARLOS MANINI RIOS
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