Ley Nº 13621 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUGADORES QUE OBTUVIERON LOS CAMPEONATOS OLIMPICOS Y MUNDIALES DE 1924, 1928, 1930 Y 1950
Artículo 1
Concédese una pensión graciable de pesos 5.000.00 (cinco mil pesos) mensuales, a cada uno de los jugadores que integraron los representativos nacionales que obtuvieron los campeonatos olímpicos y mundiales de 1924, 1928, 1930 y 1950.
Artículo 2
El servicio de estas pasividades que serán acumulables a toda asignación de actividad que perciban será atendido por Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
GESTIDO - CARLOS MANINI RIOS
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