Ley Nº 13628 - ARRENDAMIENTOS. CLAUSURA DE DESALOJO

Rango Ley
Publicación 1967-12-06
Estado Vigente
Departamento GESTIDO - GUZMAN ACOSTA Y LARA
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Declárase que los juicios de desalojo promovidos contra arrendatarios comprendidos en el artículo 2o. de la ley N.o 13.618, de fecha 29 de setiembre de 1967 y complementarias, cualquiera sea el estado en que se encuentren, serán clausurados sin más trámite.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

GESTIDO - GUZMAN ACOSTA Y LARA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.