Ley Nº 13649 - AUMENTO DE PENSION GRACIABLE. VENTURA URETA DE PEREIRA NUÑEZ
Artículo 1
Auméntase a la suma de $ 2.500.00 (dos mil quinientos pesos) mensuales la pensión graciable acordada por la ley N° 12.451, de 30 de noviembre de 1957, a la señora Ventura Ureta de Pereira Núñez.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad continuará siendo atendido por Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - LUIS HIERRO GAMBARDELLA - CESAR CHARLONE
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