Ley Nº 13731 - EFECTIVIDAD DE LOS PROFESORES DE CURSOS NOCTURNOS

Rango Ley
Publicación 1969-01-09
Estado Vigente
Departamento PACHECO ARECO - FEDERICO GARCIA CAPURRO
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Concédese la efectividad automática a los Profesores Especiales de Cursos Nocturnos para Adultos, Programa 04, del Presupuesto del Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal que posean una antigüedad mínima de 5 (cinco) años ininterrumpidos en el desempeño de sus funciones y siempre que no hayan mediado sanciones u observaciones a su conducta funcional y que su calificación no sea inferior a 8 (ocho).

Artículo 2

Comuníquese, etc.

PACHECO ARECO - FEDERICO GARCIA CAPURRO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.